Publicado por Sara Ortiz
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Lo que debes saber La defensa de Abdalá Bucaram sostiene que obligarlo a comparecer por Zoom pone en riesgo su salud cardíaca (debido a sus 74 años y antecedentes familiares).
El tribunal de juicio aclaró que su traslado no implica privación de libertad y reveló que el expresidente suele ingresarse en clínicas justo el día de la lectura de sentencia.
Obligar a Abdalá Bucaram a conectarse a la plataforma Zoom para escuchar la sentencia de su juicio representa un riesgo directo para su salud cardiovascular. Este fue el argumento central expuesto por su abogado, Fernando González Rivadeneira, la tarde de este 7 de septiembre de 2026, durante la audiencia de hábeas corpus con la cual busca frenar la orden de detención emitida con fines de comparecencia.
La orden fue impuesta por el Tribunal de Garantías Penales de Iñaquito (Quito), estrado que en seis ocasiones ha intentado emitir la sentencia en el caso Pruebas COVID-19, proceso judicial en el cual se encuentra procesado el expresidente por una presunta delincuencia organizada.
La postura de la defensa se fundamentó con la intervención del médico Xavier Vallejo Deeb, profesional de la Clínica de Especialidades Borja, en Guayaquil. El especialista aseguró que el exmandatario es un paciente cardíaco que, debido a su edad de 74 años, no debe sufrir situaciones de estrés.
Dijo que su paciente tiene una miocardiopatía dilatada isquémico necrótica, además de una miocarditis y una arritmia, y "se determinó riesgo de muerte súbita".
Ante esto, la defensa sostuvo que el tribunal a cargo del hábeas corpus debe garantizar la vida y la dignidad de Bucaram. Además, solicitó que no se ejecute la providencia que dispone su traslado o comparecencia una vez que reciba el alta médica.
González argumentó que un alta no equivale a una recuperación completa y pidió que se respete su periodo de reposo médico de 30 días (hasta el 24 de septiemrbe).
De igual manera, solicitó que cese cualquier tipo de presión hacia las tres clínicas de Guayaquil en las cuales ha estado internado el procesado, luego de que el tribunal penal ordenara una auditoría médica sobre las atenciones brindadas. El jurista añadió que existe un antecedente familiar relevante, pues la madre del expresidente falleció a causa de una condición cardíaca.
La condición médica de Abdalá Bucaram data de 2016
Durante la diligencia, que se realizó en la Corte de Justicia del Guayas, también intervino el juez Gandhy Cervantes, presidente del tribunal de juicio, quien aclaró que la orden con fines de traslado no constituye una orden de arresto ni implica la privación de la libertad. El magistrado explicó que la medida contempla esperar a que el procesado reciba el alta médica para que proceda a conectarse a la audiencia vía Zoom, ya sea desde su domicilio o desde la clínica, con el acompañamiento de su equipo médico.
También intervino la jueza Ivone Vásquez, miembro del Tirbunal de juicio, quien fundamentó la solicitud de auditoría a las casas de salud tras detectar un patrón recurrente: el expresidente ingresa a los centros médicos justo el día programado para la lectura de la sentencia, llega la Policía y lo encuentra en terapia intensiva, y al día siguiente él mismo quien se otorga el alta. Además indicó que sus problemás de salud datan desde 2016, por lo que no es una condició nnueva ni se prevé una mejoría. Por estas razones, el juez solicitó al tribunal la negativa de la acción de hábeas corpus.
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