La abogada Judith Palavecino lamentó la postura asumida por dos ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de que en los casos de incumplimiento del deber legal alimentario debe existir una efectiva comprobación del dolo. Para la activista, esto no solo lesiona el interés superior del niño, también convenciones internacionales que protegen a la niñez
En contacto con El Observador Radio TV, Palavecino afirmó que en el voto de Llanes y Ramírez Candia se demuestra sesto y falta de perspectiva, como también el incumplimiento de la Convención de Belém do Pará, como también las Reglas de Brasilia
'Llanes se muestra garantista y ella pretende que la legalidad dentro de un proceso penal esté por encima del interés superior del niño y un formalismo sobre la vida, la integridad y la dignidad de los hijos, es realmente un mensaje muy devastador, porque el incumplimiento del deber alimentario es uno de los peores crímenes que puede tener una persona hacia la existencia de sus hijos'
'Si sabe que tiene una sentencia alimenticia y no la quiere cumplir, eso es dolo, ya le dieron una sentencia en primera instancia, ya se evaluó que yo puedo pagar, ya se evaluó que mis hijos necesitan esa asistencia alimenticia y decide no cumplir la sentencia, es dolo y hace todo tipo de actos u omisiones para no cumplir esa sentencia. Entonces, ¿qué más necesita la Corte que eso? No necesita más nada. No cumple. Él tiene una sentencia, no cumple. Primero lo desacato. Y ¿por qué una mujer tiene que ir a cinco juicios más de diferentes instancias desde las administrativas,, ejecución y cumplimiento, incidentes para hacer efectivo esa sentencia que ya existe.'
'La ministra dice en uno de esos fundamentos que no se le puede obligar al que no tiene para pagar y cómo le obliga la mujer a pagar. ¿Cómo la víctima le obliga a pagar aquello que aquel otro señor no pagó. Entonces, hay demasiadas inferencias, una falta de perspectiva y un desprecio total a la vida de esos chicos. Entonces de qué va a hablar el Estado que protege a las mujeres si la Corte Suprema de Justicia está diciendo que esta mujer debe cargar sola.'
Los deudores alimentarios que están en nuestros expedientes son personas millonarias. Son personas que tienen negocio, que transfieren su inmueble. Ahí hay otro delito también que no estudia la fiscalía, que no investiga que es la efectividad de la ejecución de la sentencia.
'Como están amenazados de que va a venir un embargo una por una sentencia alimenticia, por una ejecución de sentencia, y ellos transfieren sus bienes. Entonces ellos están otra vez, no solo simulando, están realizando otro delito más, y eso no estudia la fiscalía.'
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