La Legislatura de Río Negro aprobó en general el proyecto de una nueva Ley de Carnes impulsado por el Poder Ejecutivo provincial, una reforma que busca actualizar el sistema de habilitación, registro, fiscalización y control sanitario de los establecimientos y transportes vinculados con la faena y comercialización de productos de origen animal. Sin embargo, uno de los aspectos que mayor controversia generó durante el debate fue el tratamiento de la fauna silvestre y, en particular, la posibilidad de avanzar con un esquema formal de procesamiento y comercialización del jabalí.
El nuevo régimen establece que los productos y subproductos provenientes de fauna silvestre deberán ser procesados en establecimientos habilitados. A partir de allí, la autoridad provincial tendrá que definir anualmente qué especies podrán ser aprovechadas, además de establecer temporadas, cupos de extracción, zonas habilitadas y períodos de veda. El objetivo es incorporar estas actividades a un sistema formal de control sanitario y trazabilidad, en lugar de mantenerlas por fuera de los circuitos regulados.
El jabalí aparece como uno de los principales casos sobre los que podría aplicarse este nuevo esquema. La especie, de carácter exótico e invasor, genera distintos impactos sobre los ambientes naturales y las actividades productivas, por lo que la posibilidad de darle trazabilidad y habilitar su procesamiento es presentada como una herramienta para ordenar su aprovechamiento. Durante el tratamiento de la iniciativa se planteó que el nuevo marco también podría favorecer el desarrollo de elaboraciones artesanales a partir de la carne obtenida mediante su captura.
La discusión se produjo porque el artículo que regula la fauna silvestre no limita expresamente su alcance a las especies exóticas. El texto incorpora dentro del universo de productos alcanzados por la legislación a aquellos provenientes de especies domésticas y silvestres, además de aves, peces, moluscos y crustáceos. De esta manera, distintos sectores plantearon que la normativa podría terminar habilitando, bajo determinadas condiciones, el procesamiento comercial de especies nativas.
Ese punto despertó críticas de legisladores de la oposición y de sectores vinculados con la protección ambiental, que consideran que la legislación debería diferenciar de manera explícita entre fauna exótica invasora, como el jabalí, y especies autóctonas. El planteo central es que una herramienta pensada para ordenar y aprovechar una especie considerada problemática podría tener un alcance mayor al buscado y generar un mecanismo de comercialización para animales nativos.
Desde el oficialismo, en cambio, se sostuvo que la nueva ley no implica una habilitación automática para la captura o comercialización de fauna autóctona. La posibilidad de aprovechamiento quedará condicionada a las especies que la autoridad determine cada año, a los cupos, las temporadas y las zonas habilitadas, además de los planes nacionales de manejo que correspondan. También se remarcó que el nuevo régimen no modifica por sí mismo las normas de protección de la fauna.
Otros cambios incluídos en el proyecto
Más allá de la controversia ambiental, la reforma introduce cambios importantes en el funcionamiento general de la cadena cárnica provincial. La iniciativa busca ordenar las competencias entre la Provincia y los municipios y establecer un esquema diferenciado según el alcance territorial de los establecimientos. Las plantas que abastezcan a más de un ejido municipal serán consideradas de tránsito provincial y quedarán bajo habilitación de la autoridad provincial, mientras que los establecimientos destinados exclusivamente al mercado local continuarán bajo competencia municipal o de las comisiones de fomento.
La fiscalización también tendrá un carácter conjunto. El área provincial de Desarrollo Económico y Productivo tendrá a su cargo el control de establecimientos y transportes, mientras que Salud supervisará las condiciones de inocuidad y los registros sanitarios. La Policía provincial colaborará en los controles en rutas y en la verificación de la documentación correspondiente.
Otro cambio relevante es la incorporación de una categoría específica para pequeños establecimientos artesanales. La norma considera dentro de esta clasificación a aquellos que no superen los 500 kilos diarios de producto terminado proveniente de faena o los 100 kilos diarios de productos elaborados. La intención es facilitar la formalización de emprendimientos de pequeña escala que actualmente encuentran dificultades para acceder a una habilitación.
El nuevo régimen también contempla una demanda vinculada con las zonas rurales: el traslado de productos de origen animal destinados exclusivamente al autoconsumo. Los productores registrados podrán solicitar autorización para transportar carne y otros productos derivados de animales propios, bajo las condiciones que establezca la reglamentación. Para el caso de carne vacuna y ovina, se prevé el uso de una guía y la presentación del cuero marcado o señalado como mecanismo para acreditar la propiedad.
La reforma establece, además, mayores exigencias para la circulación comercial de alimentos. Los productos deberán proceder de establecimientos habilitados y ser transportados en unidades que cumplan con las condiciones correspondientes de conservación. También deberán contar con el certificado sanitario de tránsito que permita acreditar su origen y las condiciones de inocuidad.
Para las plantas industriales y los establecimientos de tránsito provincial se incorpora la figura del director técnico profesional, que tendrá responsabilidad sobre los procesos de faena, elaboración, almacenamiento y distribución.
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