La Fiscalía llevó a juicio por jurados a un profesional de la medicina por abuso sexual, logró que el jurado popular encuentre probado su caso y ahora consiguió que la Cámara en lo Penal de Esquel rechace parcialmente el recurso de impugnación presentado por la defensa, ratificando la sentencia dictada tras el veredicto de un jurado popular y modificando la pena. El fallo condenó a Fabián Esteban Díaz a la pena de 8 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo y la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina.
El tribunal de alzada examinó íntegramente la prueba presentada durante el proceso y concluyó que la decisión del jurado popular contó con sustento probatorio suficiente y una valoración jurídica adecuada.
Del mismo modo, validó la declaración de la denunciante y recordó que las precisiones progresivas respecto a la modalidad de la agresión son acordes a los procesos de develación de traumas sexuales y no constituyen contradicciones ni falta de veracidad.
Por otra parte, se determinó que la cobertura mediática no interfirió ni contaminó la objetividad del jurado, al no haberse acreditado que sus integrantes hayan tenido contacto con dichas publicaciones durante el desarrollo del juicio, ni que publicaciones habrían generado alguna afectación a la libre decisión.
Los jueces confirmaron el contexto de violencia de género como una pauta agravante válida para la fijación de la pena, descartando que esto configure una doble sanción sobre un mismo hecho. Además, indicaron que las maniobras acreditadas —que incluyeron inmovilización y fuerza física— exceden cualquier procedimiento médico legítimo, configurando una conducta punible bajo la legislación penal.
Antecedentes e impacto del hecho
El suceso ocurrió en julio de 2018 en un centro médico de Lago Puelo. Según la acusación fiscal sustentada en el debate, el profesional se valió de su posición de autoridad y del contexto de la consulta para agredir sexualmente a la paciente, amenazándola posteriormente para procurar su silencio.
Para fijar la pena se valoró el abuso de la función profesional, la extensión del daño y las secuelas psicológicas persistentes en la persona afectada, confirmadas mediante peritajes especializados en trauma.
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